RÉGIMEN INTERNO Y CONDICIONES
GENERALES DE HOSPEDAJE TURÍSTICO
APARTAMENTOS TENEGUÍA – CONTANTE
VALOR S.A.U.
PUERTO DE LA CRUZ, TENERIFE.
La presente normativa regula las condiciones
generales de contratación, estancia, uso y convivencia aplicables a todos los
clientes alojados en Apartamentos Teneguía.
La relación entre la explotación turística y el cliente constituye
exclusivamente un contrato de hospedaje turístico de carácter temporal,
sometido a la normativa turística aplicable, en particular a la Ley 7/1995 de 6
de abril, de Ordenación del Turismo de Canarias, el Decreto 86/2013, de 1 de
agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Actividades clasificadas y
espectáculos públicos de la CA de Canarias.
II.- ADMISIÓN, RESERVA Y ESTANCIA
Entrada o Check-in: Desde las 14:00 horas hasta las 06:00 horas del
día siguiente.
Salida o Check-out: Antes de las 12:00 horas del
día de salida.
Salvo acuerdo en contrario, la permanencia más allá del horario
de salida sin autorización expresa constituirá incumplimiento contractual
conforme al apartado VIII de este documento.
Capacidad máxima: Se
permite un máximo de tres (3) personas por apartamento. Toda sobreocupación no
autorizada facultará a la explotación para cobrar el doble del precio ordinario
correspondiente y realizar las acciones descritas en el apartado VIII.
III.- SERVICIOS INCLUIDOS
El
precio incluye, según la modalidad contratada, alojamiento en apartamentos de
tres llaves, limpieza diaria (excepto domingos), recepción 24 horas,
información turística, guarda equipajes, piscina (climatizada en invierno)*,
solárium, servicio técnico y uso ordinario de las instalaciones.
*Piscina cerrada por renovación/obras hasta aprox. Nov. 15, 2026
Los servicios complementarios sujetos a depósito o coste adicional incluyen caja fuerte, secador, cafetera, plancha y mascotas autorizadas.
IV.- PAGO, GARANTÍAS Y AUTORIZACIÓN
DE CARGOS
Formas de pago admitidas: Efectivo, Visa, MasterCard y
transferencia anticipada para grupos.
Momento del pago: Pago íntegro a
la entrada o check-in, salvo condiciones particulares previamente
aceptadas.
Garantía obligatoria: El cliente autoriza expresamente a la
explotación a requerir una tarjeta bancaria válida como garantía contractual
frente a impagos, daños, desperfectos, sustracciones, limpieza extraordinaria,
penalizaciones, sobreocupación, permanencia indebida e incumplimiento
contractual.
Límite máximo autorizable: Hasta 3.000 euros, sin perjuicio
de acciones judiciales adicionales si el perjuicio excediera dicha cantidad. El
cliente consiente expresamente el cargo automático de cantidades justificadas,
previa comunicación detallada de los conceptos reclamados.
V.- CANCELACIONES
Cancelación gratuita hasta 24 horas antes de
la llegada, entre 24 y 12 horas antes cargo de la primera noche, no show con
cargo total de la estancia y tarifas no reembolsables sin devolución.
VI.- DAÑOS, DESPERFECTOS Y
RESPONSABILIDAD
El cliente responderá económicamente de daños en
mobiliario, electrodomésticos, instalaciones, elementos comunes, pérdidas,
sustracciones, limpieza extraordinaria e incumplimientos de normas.
La explotación notificará al cliente los daños detectados y,
transcurridos diez días desde la comunicación sin abono voluntario, podrá
proceder al cobro mediante la tarjeta autorizada.
VII.- NORMAS DE USO Y CONVIVENCIA
Prohibiciones generales: Fumar en apartamentos, usar electrodomésticos no
autorizados, subarrendar o ceder el alojamiento, permitir el acceso de personas
no registradas, celebrar fiestas no autorizadas, realizar actividades molestas,
peligrosas, ilícitas o contrarias a la convivencia, y llevar a cabo conductas
agresivas o susceptibles de denuncia administrativa o penal.
Horario
especial de silencio: Desde las 22:00 horas hasta las 07:00 horas. Durante
dicho periodo deberá observarse absoluto respeto al descanso del resto de
huéspedes.
Mascotas: Se admiten exclusivamente perros o gatos de hasta 5
kg, en apartamentos autorizados, bajo coste adicional, control del propietario
y plena responsabilidad por daños o molestias.
Piscina: El socorrista es
la persona que dirige controla y ordena el buen uso de la piscina. Ha de
cumplirse las normas que constan en el área publicadas, todo conforme a lo
previsto en el Real Decreto 742/2013, dictada por el Gobierno de la Nación; así
como el Decreto 212/2005, modificado por el Decreto 119/10, ambos del Gobierno
de la Comunidad Autónoma de Canarias.*
*Piscina cerrada por renovación/obras hasta aprox. Nov. 15, 2026
VIII.- DERECHO DE ADMISIÓN Y RESOLUCIÓN CONTRACTUAL
La explotación
podrá resolver de forma inmediata el contrato de hospedaje y exigir el abandono
del establecimiento, así como no permitir la entrada o exigir la salida de las
personas que no realicen los pagos según los plazos previstos, permitan o
consientan sobreocupación, generen o provoquen daños, realicen conductas
molestas o violentas, incumplan las normas, realicen actividades ilícitas o que
tengan apariencia o presunción de ello, se nieguen a identificarse o generen
riesgo para la seguridad o la convivencia. Todo ello sin perjuicio de que la
explotación turística pueda formalizar reclamación de indemnizaciones por daños
y perjuicios, actos legales de recuperación posesoria, comunicación a las
fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado e instar acciones penales. En todo
caso, se advierte expresamente a los señores
clientes, que la ley sectorial y disposiciones mencionadas permiten, y
así procederá la explotación, a impedir la
entrada, o expulsión de la unidad turística, si no se ha abonado el servicio.
Los medios de acceso a habitaciones, y demás departamentos de la instalación que
son generalmente automáticos, dejarán de estar activados ante la falta de
cumplimiento del cliente por pago y incumplimiento de la relación anteriormente
expuesta, así como servicios de
electricidad, y agua. Toda acción u omisión que contravenga las normas
citadas en el presente documento, darán lugar a lo expuesto en el presente
apartado.
IX.- TARJETAS DE ACCESO
Cada
huésped recibirá tarjeta personal de acceso, cuyo funcionamiento está
supeditado al cumplimiento de las obligaciones contraídas por el cliente,
conforme a lo expresado en el párrafo anterior. Pérdida: Coste de
reposición de 3 euros por tarjeta. La explotación podrá revocar el acceso por
incumplimiento contractual.
X.- OBJETOS DE VALOR
La explotación no responderá de dinero, joyas u objetos de valor no depositados en la caja fuerte habilitada, bajo coste adiciona.
XI.- MEDIOS ADECUADOS DE SOLUCIÓN DE
CONTROVERSIAS (MASC)
Las partes quedan expresamente informadas de la
obligación legal de acudir, cuando proceda conforme a la Ley Orgánica 1/2025, a
un Medio Adecuado de Solución de Controversias antes del ejercicio de
determinadas acciones judiciales. Ambas partes designan expresamente como medio
preferente de comunicación el correo electrónico o correo postal facilitado en
el proceso de admisión. Las comunicaciones efectuadas a dichos correos se
considerarán válidas a efectos del artículo 7 de la Ley Orgánica 1/2025,
iniciándose el cómputo legal correspondiente.
XII.- JURISDICCIÓN
Cualquier
controversia derivada de la interpretación, validez, cumplimiento o ejecución
del presente contrato será sometida a los Juzgados y Tribunales de Puerto de la
Cruz, salvo que la normativa imperativa disponga otra cosa.